Marco legal y Mecanismos Institucionales

​Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Adhesión en 1981. Ratificación Protocolo facultativo en 2002. Referencia obligatoria en materia de igualdad entre hombres y mujeres. Con su ratificación o adhesión, los Estados están jurídicamente obligados a adoptar todas las medidas necesarias, incluidas leyes y medidas especiales temporales, para que las mujeres posean el disfrute pleno de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (1995). Los países firmantes asumen la responsabilidad de implementar la Plataforma de Acción en la que se definen 12 áreas críticas de intervención para el adelanto de las mujeres.
Constitución Política (1917) y reformas. Prohíbe toda discriminación motivada por género que atente contra la dignidad humana y se inspira en el ideal de igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos.
Instituto Nacional de Mujeres (2001). Promueve y fomenta el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país; sin discriminación y con igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros.