Marco legal y Mecanismos Institucionales
Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Ratificación en 1986. Ratificación Protocolo Facultativo en 2001. Referencia obligatoria en materia de igualdad entre hombres y mujeres. Con su ratificación o adhesión, los Estados están jurídicamente obligados a adoptar todas las medidas necesarias, incluidas leyes y medidas especiales temporales, para que las mujeres posean el disfrute pleno de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (1995). Los países firmantes asumen la responsabilidad de implementar la Plataforma de Acción en la que se definen 12 áreas críticas de intervención para el adelanto de las mujeres.
Constitución Política (Reforma de 1999). Establece que toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana.
Instituto Nacional de la Mujer (1998). Promueve y protege los derechos humanos de las mujeres. También coordina y supervisa la Política Nacional para la Igualdad y la Equidad de Género.
Igualdad de oportunidades
Plan Nacional de Desarrollo (2014). Define como objetivo la igualdad de género y la ciudadanía paritaria, así como la capacidad de las mujeres para generar ingresos propios y controlar recursos.
Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género 2007-2017. Promueve acciones afirmativas para la de-segregación ocupacional vertical y horizontal, tales como: definición de porcentajes mínimos de contratación de mujeres en puestos directivos, capacitación de mujeres en áreas académicas altamente segregadas (carreras científicas y tecnológicas).
Código Laboral (1944). Establece que el importe del salario en cada clase de trabajo se fija en base a la cantidad y calidad del mismo y no podrán establecerse diferencias en base al sexo.
Estrategia Nacional de Empleo y Producción (2014). Tiene como objetivo ampliar las oportunidades para que las mujeres y los hombres consigan un trabajo decente y productivo.
Ley de Atención a las mujeres en condiciones de pobreza (1998). Establece atención especial para mujeres en condiciones de pobreza, mediante: capacitación y formación humana, capacitación técnico-laboral, inserción laboral y productiva, y un incentivo económico ligado a los procesos de capacitación.
Conciliación personal y laboral
Ley 7.621 reforma el Código de Trabajo (1996). Licencia maternal remunerada y obligatoria durante el mes anterior al parto y los tres posteriores. La trabajadora que adopte un menor de edad disfrutará de los mismos derechos y de una licencia de tres meses. Nolicencia paternal.
Ley de Promoción de Igualdad Social de la Mujer (1990). Establece que los padres laboralmente activos tendrán derecho a los servicios de apoyo de los centros infantiles. Los de escasos recursos económicos tendrán, además, el derecho a recibir un subsidio por parte del Estado. En el art.94 se prohíbe al empleador despedir a las mujeres en estado de embarazo y lactancia.
Violencia por razón de género
Ley 8.929 (2011). Reforma a la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres.
Ley 8.925 (2011). Reforma a la Ley contra la Violencia Domestica
Ley 8.805 (2010). Reforma a la Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia.