Marco legal y Mecanismos Institucionales

Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Ratificación en 1989. Firma del Protocolo facultativo en 1999. Referencia obligatoria en materia de igualdad entre hombres y mujeres. Con su ratificación o adhesión, los Estados están jurídicamente obligados a adoptar todas las medidas necesarias, incluidas leyes y medidas especiales temporales, para que las mujeres posean el disfrute pleno de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (1995). Los países firmantes asumen la responsabilidad de implementar la Plataforma de Acción en la que se definen 12 áreas críticas de intervención para el adelanto de las mujeres.
Constitución política de Chile (1980) y reformas. La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupos privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley.
Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género (2016). Vela por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia de equidad de género, los que han de incorporarse en forma transversal en la actuación del Estado.
Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (1991). Es el organismo encargado de ejecutar las políticas, planes y programas que le encomiende el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Cuenta con diversos programas en las áreas de Mujeres y Trabajo, Violencia contra las Mujeres, Buen Vivir de la Sexualidad y la Reproducción, y Mujer, Ciudadanía y Participación.